SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0426/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0426/2019-S1

Fecha: 24-Jun-2019

Primera problemática

La accionante denuncia que la autoridad judicial ahora demandada no se  pronunció respecto a que el demandante –ahora tercero interesado– para tener legitimación y plantear las diligencias preliminares señaladas debió interponer previamente una demanda de mensura y deslinde para individualizar el lote de terreno de 33 395,87 m2, ubicado en “Jinhupalla y Copatita, parroquia San Pedro”, del cual aduce ser propietario.

El referido problema jurídico guarda relación con el primer agravio expuesto por la hoy accionante en la oposición que interpuso contra la Resolución cuestionada, el cual ya fue objeto de análisis con anterioridad en el presente fallo constitucional, en el que se concluyó que la Jueza hoy demandada al haber explicado la finalidad de la demanda preliminar de citación e inspección judicial, que como dijo viene a ser la averiguación de datos imprescindibles, así como la determinación de la legitimidad procesal de las demandadas dentro del proceso preliminar, no sería necesario requerir que el ahora tercero interesado presente otro proceso de mensura y deslinde, con lo que la autoridad judicial hoy demandada explicó los motivos por los cuales no es necesario que se presente previamente el referido proceso, por cuanto, no se vulneró el derecho al debido proceso en sus elementos de fundamentación, motivación y congruencia.