SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0709/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0709/2020-S3

Fecha: 21-Oct-2020

g)

g)  Asimismo, se argumenta que el hecho probado se adecúa a la tercera conducta establecida en el tipo de la falta denunciada, observándose la existencia de retardo en la providencia de memoriales ingresados a despacho y señalamiento de audiencia para la determinación de filiación dentro de los procesos con NUREJ 6010579, 6010579-1 y 6010579-2, no teniendo la disciplinada ningún fundamento legal para incurrir en retardo, por lo que su conducta se enmarca a la falta atribuida y tipificada en la Ley del Órgano Judicial, concluyéndose en que el actuar subjetivo de la disciplinada ha sido culposa.