SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0709/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0709/2020-S3

Fecha: 21-Oct-2020

Sobre el inciso b)

Dentro de este inciso, la entonces recurrente denunció la incorrecta valoración de la prueba respecto a la existencia de sanciones disciplinarias previas por la comisión de faltas graves y la aplicación del art. 210 de la LOJ, ello en relación a la presentación de antecedentes de una anterior acción de amparo constitucional.

Sobre este punto, es pertinente recordar que la ahora accionante además de ser procesada por la falta grave contenida en el numeral 14 del art. 187 de la LOJ, también lo fue respecto al numeral 11 del art. 188 de la misma Ley, que establece como falta gravísima
la comisión de una falta grave cuando anteriormente el servidor o la servidora judicial ya fue sancionada por otras dos faltas graves, habiéndose establecido sobre la impetrante de tutela dos anteriores procesos consignados como 096/2016 y 097/“2017”, los cuales contaban con Resoluciones definitivas; sin embargo, sobre este último proceso disciplinario, la peticionante de tutela sostiene haber presentado una acción de amparo constitucional; a partir del cual, considera que no existía materialmente una resolución ejecutoriada, debiendo haberse valorado los antecedentes remitidos respecto a dicha acción tutelar, a fin de no considerar la sanción impuesta sobre este último proceso.

En ese sentido, considerando que este aspecto se encuentra relacionado al siguiente problema jurídico identificado en el que al margen de lo señalado también se denunció la vulneración del principio de legalidad, corresponde que todo lo concerniente a la falta gravísima inmersa en el art. 188.11 de la LOJ sea conjuntamente resuelto en el siguiente apartado.