SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0642/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0642/2020-S2

Fecha: 09-Nov-2020

a)

La parte accionante a través de su abogado en audiencia, ratificaron in extenso los argumentos contenidos en la demanda tutelar, destacando que: a) Existe una venganza por parte de Mario Villapuma Copa y Pablo Villapuma Quispe, pues tras la agresión a Pastor Quecaño Quispe, ante la denuncia penal y en vía conciliatoria se les obligó a pagar la suma de Bs2000.-; sin embargo, el proceso no se encontraba concluido sin que la Fiscalía presente su requerimiento conclusivo; por lo que, aún eran parte del proceso penal interpuesto en su contra por los ahora demandados Mario y Pablo, de forma que se evidenciaba la transgresión del derecho al juez natural; b) El 24 de junio de cada año, todas las gestiones, cumplían con los trabajos comunitarios en favor de toda la comunidad, limpiando canales de riego, brindando alimentos; empero, se les ha privado del agua, inobservando su derecho a la vejez digna e incluso provocando que deban “peregrinar” hasta la ciudad de Potosí buscando solución a su problema sin lograr justicia desde hace dos años; y, c) Las autoridades ahora demandadas se encontraban en ejercicio del cargo más de tres años, perjudicando a toda la comunidad pues no eran los únicos afectados; sino que el agua de riego se cortó a otros comunarios más, en un uso abusivo de la autoridad que detentan por sus cargos; agregó -el impetrante de tutela-, que los demandados mienten para que la justicia les favorezca.

En la vía de la aclaración de conformidad con el art. 96.I (no indicó de qué cuerpo legal), aclaró respecto a la audiencia de conciliación, se tuvo que la misma concluyó según demostraba el acta que “…aquí yo tengo…” (sic), dando por concluido el proceso; por lo que, solicitó se explique la razón para no haberse valorado dicho extremo. Añadió que nunca se observó “esa sentencia” que tenía fecha de emisión del año 2019; sino que, la acción tutelar se interpuso por una omisión y por la privación del acceso al agua.