SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0642/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0642/2020-S2

Fecha: 09-Nov-2020

denegó

La Jueza Pública Mixta e Instrucción Penal Primera de Betanzos del departamento de Potosí, constituida en Jueza de garantías, mediante la Resolución de 8 de enero de 2020, cursante de fs. 72 a 78, denegó la tutela impetrada; bajo los siguientes razonamientos: i) La prueba acompañada acreditó que eran afiliados a la comunidad de Lagunillas Alta del cantón Tecoya y que cumplían con su función social; asimismo, se acreditó la existencia de sus sembradíos; ii) Se afirmó que se cortó el agua; empero, tal extremo no podía acreditarse de las fotografías adjuntas; y, si bien “…se hace mención a la existencia de una resolución en la justicia indígena originario, sin embargo no ha demostrado la existencia de dicha resolución…” (sic); por lo que, no se podía verificar si la acción tutelar fue planteada dentro del plazo legal; iii) Al ser los accionantes adultos mayores, no se podía considerar tal extremo como excepción al principio de subsidiariedad, debiendo acudir a la vía legal correspondiente para hacer valer sus derechos; iv) El documento notarial estableció que alguien cortó el agua “…sin estar debidamente identificados dicho extremo…” (sic); y, v) Si bien en el fallo constitucional presentado -no indica por quién-, se concedió la tutela; sin embargo, se establece que en dicho caso sí hubo lesión de derechos “…lo que no está debidamente acreditado en el presente caso” (sic); por lo que, no se tuvo por cumplido el art. 54.I del Código Procesal Constitucional (CPCo).

Respondiendo a la solicitud de aclaración de la parte impetrante de tutela, señaló que el acta mencionada no fue presentada oportunamente “…yo tengo el acta donde solo da por concluida estando pendiente su conclusión…” (sic); por lo que, solicitó al abogado de los peticionantes de tutela que revise su memorial, dando por concluida la audiencia.