SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0693/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0693/2020-S2

Fecha: 19-Nov-2020

forma clara la relación de hechos

La jurisprudencia constitucional desarrollada en el Fundamento Jurídico III.1 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, establece que, a tiempo de activar la acción de amparo constitucional, el accionante debe identificar de forma clara la relación de hechos; es decir, los actos y las  omisiones en que hubiere incurrido el demandado, así como la presunta lesión de los derechos denunciados como vulnerados; exposición que además debe guardar coherencia con el petitorio formulado, este último debe ser igualmente expreso y en términos claros, y encontrarse directa e íntimamente relacionado con los hechos de la causa; lo que, implica la existencia de una correspondencia entre ambos; aspectos que una vez cumplidos, permiten a esta jurisdicción, verificar el vínculo de causalidad existente entre los hechos denunciados y los derechos supuestamente vulnerados, y en virtud a ellos, abrir su competencia para verificar la veracidad de la lesión alegada y atender a su petitorio.