Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0693/2020-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0693/2020-S2

    Fecha: 19-Nov-2020

    II.6.

    II.6.  Por decreto de 23 de octubre de 2017, la Jueza de Partido de Trabajo y Seguridad Social Segunda -en suplencia legal de su similar Primero- de la Capital del departamento de Santa Cruz, fijo seis puntos de pericia para el cálculo de los salarios devengados en favor de la accionante, y señaló audiencia para el sorteo y designación del perito, para el 27 del mes y años señalados (fs. 272).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • ARGUMENTO DE UNILATERALIDAD
    • a)
    • I.2.2. Informe de los demandados
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • 4. Relación de los hechos. 5. Identificación de los derechos o garantías que se consideren vulnerados
    • Como quedó precisado en el punto anterior, la causa de pedir contiene dos elementos: 1) el elemento fáctico que está referido a los hechos que sirven de fundamento al recurso; 2) el elemento normativo, es decir, los derechos o garantías invocados como lesionados por esos hechos, que deben ser precisados por el recurrente
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • forma clara la relación de hechos
    • Auto 310
    • Auto 99
    • CONFIRMAR

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca