SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0779/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0779/2020-S3

Fecha: 04-Nov-2020

b)

b)  La parte actora realizó la transferencia del inmueble de superficie 1213 m2 a Waldo Céspedes Álvarez el 2002 y éste con intención de regularizar su derecho propietario, el 2011 advierte que el inmueble ya había sido registrado en DD.RR. a nombre de Karen Wachtel de De La Quintana con una superficie de 480 m2; por lo que, al respecto no existe ausencia de la pretensión o “materia por justiciable” debido a que existe titular vigente de lote en la litis, el cual está en debate, entonces al existir un derecho en controversia no corresponde ni se advierte sustracción de la materia;