SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0085/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0085/2020-S2

Fecha: 17-Mar-2020

no solo a los hechos y a la Ley; sino también a la Constitución Política del Estado

Finalmente, si bien a partir de una visión antiformalista del Derecho el Legislador o el Constituyente están habilitados a brindar criterios interpretativos o valorativos al Juez, estos no pueden predecir a través de mandatos normativos los resultados de una práctica hermenéutica-valorativa; por ello, se exige a las autoridades judiciales en todas sus instancias acercarse lo más posible a la realidad y valorarla, para así adecuar las categorías jurídicas no solo a los hechos y a la Ley; sino también a la Constitución Política del Estado; aspecto no acaecido en el caso de análisis. Consiguientemente, por todo lo argumentado, corresponderá concederse la tutela impetrada.