SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0049/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0049/2020-S1

Fecha: 13-Jul-2020

II.6.

II.6.  El 1 de febrero de 2013, Luis Calcinas García, representante legal de la Empresa Agrícola Rio Victoria S.R.L., solicitó la perención de instancia, expresando que la demanda fue interpuesta el 3 de noviembre de 2011 y después de un año; es decir, el 31 de octubre de 2012, recién presentó un memorial haciendo conocer a la autoridad judicial el nuevo domicilio de la empresa demandada, cuando ya había operado la perención de instancia. Dicha solicitud fue contestada por la entidad demandante el 4 de marzo del mismo año, señalando que no procede la perención de instancia, puesto que el proceso no había sido activado, ya que la parte demandada no fue legalmente citada, por lo tanto, no se puede iniciar el cómputo del plazo (fs. 495 y vta.; 514 y vta.).