SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0335/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0335/2020-S3

Fecha: 23-Jul-2020

En cuanto a la no consideración del precedente establecido en un caso análogo

Al respecto la parte impetrante de tutela denuncia la vulneración del derecho a la igualdad por cuanto considera que su caso fue resuelto bajo entendimientos contrarios a los establecidos en la Sentencia Agroambiental  Nacional S1a 14/2016 emitida dentro de la demanda contenciosa administrativa interpuesta por la “comunidad Rio Chico”, en la que se consideraron como suficientes para determinar la antigüedad de la posesión, el Acta de Fundación de la Comunidad y las certificaciones adjuntas al proceso de saneamiento, habiendo establecido asimismo que ello -es decir la antigüedad de su posesión- no podía ser desvirtuado a través de imágenes satelitales como las que utilizó el INRA, declarando en esa oportunidad probada la demanda interpuesta contra la misma Resolución Final de Saneamiento por la que en ambos casos se declaró ilegal las posesiones -RA-SS 0521/2009-, teniendo la “comunidad Rio Chico” la misma ubicación geográfica a partir de lo cual reclama que las autoridades accionadas no expusieron las razones por las cuales se apartaron de dicho precedente jurisprudencial cuando además se hizo expresa solicitud de su consideración, debiendo -a su criterio- otorgarse en su caso el mismo valor al Acta de Fundación y la Certificación de COPNAG así como de las imágenes utilizadas por el INRA.