SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0335/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0335/2020-S3

Fecha: 23-Jul-2020

I.2.3. Intervención de los terceros interesados

Roberto Luis Polo Hurtado, Director Nacional a.i. del INRA a través de sus representantes legales, por memorial cursante de fs. 195 a 197 vta., y reiterado en audiencia, manifestó que la parte accionante trata de someter a consideración el proceso de saneamiento de la propiedad agraria de referencia como si la acción de amparo constitucional fuera una instancia ordinaria más, señalando que dicho proceso ya cuenta con la RA RA-SS 0521/2009, que en su oportunidad fue sometida a control de legalidad por el más alto Tribunal de Justicia en materia agroambiental, emitiéndose en consecuencia la Sentencia Agroambiental Plurinacional Sa 1a 26/2019, misma que se pronunció sobre todos los puntos impugnados en la demanda contenciosa administrativa en base a los antecedentes cursantes en la carpeta de saneamiento con toda la fundamentación legal y la exposición de los hechos correspondientes, siendo ésta congruente y coherente, conteniendo además la debida fundamentación y expresando los motivos de la decisión asumida, a partir de lo cual considera que las autoridades accionadas no incurrieron en actos ilegales u omisiones indebidas que hayan vulnerado garantías constitucionales.

Abel Pedro Mamani Marca, Director Ejecutivo del Servicio Nacional de Áreas Protegidas (SERNAP); y, Cliver Rocha Rojo, Director Ejecutivo Nacional de la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Bosques y Tierra (ABT), no asistieron a la audiencia ni remitieron ningún informe pese a su notificación cursante a fs. 146 y 179, respectivamente.