SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0022/2021-S3
Fecha: 26-Feb-2021
III.6. Análisis del caso concreto
Los accionantes denuncian la vulneración de los derechos al agua y al acceso al agua potable de la comunidad Complejo Carcaje, vinculados con la salubridad pública y al medio ambiente; puesto que los ahora accionados sin justificativo alguno, atribuyéndose la dirigencia del Comité de Agua Potable Complejo Carcaje Azirumani, apoyados por un pequeño grupo de personas, realizaron el corte del servicio de agua potable a toda la comunidad Complejo Carcaje por cinco días desde el 29 de agosto hasta el 2 de septiembre de 2019, además de realizar amenazas constantes de nuevos cortes al suministro de agua potable y el cobro de multas y sanciones, todo de manera arbitraria, sin contar con legitimidad ya que su periodo de funciones concluyó tiempo atrás, manejando el sistema de agua potable como si fuera de su propiedad sin considerar que fue construido con recursos económicos del Estado en favor de dicha comunidad, por lo que solicitan se determine que los hoy accionados entreguen las llaves de acceso a las oficinas y al tanque de agua; y, las llaves de paso de distribución y los documentos que correspondan a la administración del referido Comité, y se les prohíba el acceso a dichas oficinas e instalaciones, así como la realización de cualquier acto en represalia contra los vecinos y dirigentes de la OTB Complejo Carcaje.
- acción popular
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió en parte
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- II.17.
- II.18.
- II.19.
- II.20.
- II.21.
- II.24.
- II.25.
- II.26.
- II.27.
- II.28.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- o de personas individuales o colectivas que violen o amenacen con violar derechos e intereses colectivos, relacionados con
- evitando que se consume su vulneración, con el objeto de evitar el daño contingente que podría derivar y paralelamente, cesar la amenaza o peligro de su conculcación
- garantía prevista por la Ley Superior, con una triple finalidad
- satisfacción de necesidades comunes
- Toda persona tiene derecho al agua y a la alimentación
- derecho de toda persona al acceso universal y equitativo a los servicios básicos de agua potable
- públicas
- principios de solidaridad
- participación social
- sujetos a régimen de licencias y registros, conforme a ley
- III.3. Contenido del derecho humano al agua potable
- el ámbito propio del DHA
- b)
- c)
- ii) Disponibilidad.
- iii) Calidad del agua
- exploten en forma no equitativa los recursos de agua, con inclusión de las fuentes naturales, los pozos y otros sistemas de distribución de agua
- III.4. Acceso al agua potable y al saneamiento como derecho humano y fundamental en el marco de las autonomías -distribución de competencias a los diferentes niveles de gobierno-
- En relación al tema de agua potable
- Los Gobiernos Autónomos Departamentales
- Fragmento 51
- del derecho de acceso al
- 2)
- III.6. Análisis del caso concreto
- Respecto a la denuncia de vulneración del derecho humano al agua potable por corte en su suministro
- Sobre la denuncia de amenaza de corte del servicio de agua potable
- cuenta con un amplio margen de protección
- o amenacen con vulnerar derechos e intereses colectivos
- disponer de manera preventiva
- Con relación a la legitimidad del Directorio del Comité de Agua Potable y la entrega de las llaves de las oficinas e instalaciones, así como los documentos del Comité de Agua Potable de Complejo Carcaje Azirumani
- CONFIRMAR