DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0023/2021
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0023/2021

Fecha: 07-Jul-2021

Supresión del numeral 27.

Supresión del numeral 27.- De la revisión del art. 61 reformulado, se tiene que el estatuyente procedió a suprimir el numeral 27; consiguientemente, no es posible aplicar lo establecido en el art. 116 del CPCo, el cual dispone que: “El control previo de constitucionalidad de Estatutos o Cartas Orgánicas tiene por objeto confrontar el contenido de dichos instrumentos normativos con la Constitución Política del Estado y garantizar la supremacía constitucional”; en tal sentido no se efectúa contraste alguno con la Norma Suprema al no contar con objeto de control.