SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0346/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0346/2021-S3

Fecha: 14-Jul-2021

iii)

iii)   Otro error de hecho en la valoración de la prueba se da cuando la autoridad judicial incrementa el contenido objetivo de la prueba existente; situación que se dio en el caso concreto, pues el Tribunal de apelación apoyando su conclusión de que los 600 m2 se encuentran dentro de la superficie de terreno cedida de 21 817.13 m2, sostuvo que la entonces Alcaldía Municipal, registró la Escritura de Cesión al Municipio de 4 de julio de 1964 en la Oficina de DD.RR., el 20 del mismo mes y año, con lo que ciertamente acreditó su mejor derecho propietario sobre los terrenos cedidos. Si se revisa esa Escritura, en su contenido refiere que María Wittlich Vda. de Pannenberg “transfirió” 21 817.13 m2 -de su propiedad-, con destino a la formación de calles y espacios públicos, transferencia que no comprende las construcciones en la parte central “el parque” con una extensión de 5 440.53 m2; asimismo, no existen límites claros que indiquen los metros a cada lado ni cuenta con planos “…por tanto el Tribunal de Apelación ha incrementado, el contenido objetivo de la prueba existente...” (sic)