SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0358/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0358/2021-S3

Fecha: 14-Jul-2021

En cuanto a que los accionantes no fueron tratados al igual que otros beneficiarios respecto al derecho de reunir su ganado en cinco días

Conforme se estableció en la jurisprudencia citada en el Fundamento Jurídico III.3. del presente fallo constitucional, la jurisdicción constitucional de manera excepcional puede ingresar a revisar la prueba; sin embargo, para que ello sea factible, el accionante debe exponer clara y concretamente qué pruebas fueron valoradas apartándose de los marcos legales de razonabilidad y equidad previsibles para decidir o cuáles no fueron recibidas, o habiéndolo sido no fueron producidas o compulsadas; asimismo, es imprescindible que señale en qué medida dicha valoración cuestionada de irrazonable, inequitativa o que no llegó a practicarse -no obstante haber sido oportunamente solicitada- tiene incidencia en la resolución final.

En ese sentido, se advierte que si bien esta jurisdicción constitucional de manera excepcional puede ingresar a revisar la prueba; sin embargo, los accionantes debieron, al momento de interponer su acción tutelar, además de alegar la vulneración de sus derechos fundamentales, expresar qué pruebas fueron incorrectamente valoradas y en qué medida dicha valoración cuestionada tiene incidencia en la resolución final, pues si bien refieren al Acta de Conteo de Ganado, el simple señalamiento de ella -conforme a los parámetros antes mencionados- no resulta suficiente para que esta jurisdicción constitucional ingrese a su consideración y valoración. En ese sentido, sobre el particular, no corresponde realizar mayores apreciaciones.