SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0358/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0358/2021-S3

Fecha: 14-Jul-2021

sin efectuar en el caso concreto un juzgamiento con perspectiva de género

En ese marco, de la lectura de la Sentencia Agroambiental Plurinacional S1a 102/2019, se advierte que evidentemente como indican los accionantes, las Magistradas hoy accionadas se limitaron a realizar pronunciamientos formales respecto a las etapas y actividades del proceso de saneamiento del predio “Santa Clara”, sin efectuar en el caso concreto un juzgamiento con perspectiva de género, el cual obliga tanto a las autoridades judiciales y administrativas a efectuar razonamientos a favor de aquel género en desigualdad de condiciones. Evidentemente los criterios emitidos con relación a la accionante se constituyen en arbitrarios y discriminatorios, pues de manera restrictiva indicaron que al solicitar el saneamiento de las propiedades “Santa Clara” y “El Carachi”, los accionantes se apersonaron al INRA de manera individual y sin mencionar el apellido de casada de la accionante; omitiendo referir que en antecedentes del citado documento hace mención a la accionante con el apellido de casada, así como tampoco consideraron que el firmante de dicho memorial es el coaccionante, quien además de estampar su firma arriba de su nombre realiza ese acto por la accionante, por lo cual no se puede asumir que el INRA no conocía de principio la situación civil de los accionantes. Asimismo, se tiene que las citadas autoridades descontextualizaron en detrimento del derecho a la igualdad de la accionante; el escrito presentado por el coaccionante solicitando el SAN-SIM de sus propiedades de modo individual, en ese sentido no se evidencia que dicho documento hizo referencia a que se realice la consignación de los predios de forma diferenciada y en favor de cada uno de los esposos, conforme así lo afirmaron las Magistradas ahora accionadas.