SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0358/2021-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0358/2021-S3

Fecha: 14-Jul-2021

sin motivación ni fundamento

Por su parte, las Magistradas hoy accionadas de manera arbitraria sin motivación ni fundamento alguno consintieron los argumentos del INRA en el Informe Técnico Legal DDSC-COI-INF 3904/2015 cuando determinaron que dicho documento “…se encontraba a derecho…” (sic), sin considerar que en el referido Informe se emitieron criterios discriminatorios y desiguales al establecer que el coaccionante se apersonó solo, sin la esposa -accionante- a la etapa de Campo y que no existiría ninguna solicitud formal ni por escrito para la inclusión de la misma. Además, evidentemente dichas autoridades de modo incongruente consideraron que la inclusión del nombre del cónyuge es un tema de orden público, y que por ello ese hecho puede hacerse valer y formalizarse en la vía administrativa voluntaria mediante el trámite que corresponda.

De esa manera, se advierte que las Magistradas ahora accionadas emitieron criterios formales, desiguales y discriminatorios sin motivación ni fundamentación, transgrediendo además instrumentos internacionales de derechos humanos, así como observaciones y recomendaciones de los órganos de supervisión tanto del sistema universal como interamericano citados en el Fundamento Jurídico III.4. de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, además, se establece que las referidas autoridades consintieron la inobservancia de la normativa agraria que obliga a los funcionarios del INRA -art. 6 del DS 29215- que en la ejecución de los procedimientos de saneamiento sus actividades deban realizarse promocionándose la equidad de género.