SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1ª Nº 23/2023
Tribunal Agroambiental Bolivia

SENTENCIA AGROAMBIENTAL PLURINACIONAL S1ª Nº 23/2023

Fecha: 27-Jun-2023

Por Tanto 1

La Sala Primera del Tribunal Agroambiental, administrando justicia en única instancia, en virtud a la jurisdicción y competencia que le otorga el art. 189.3) de la CPE, concordante con el art. 36.3) de la Ley N° 1715 modificada parcialmente por la Ley N° 3545 y el art. 144.4 de la Ley N° 025, FALLA declarando:

1.- PROBADA la demanda Contenciosa Administrativa cursante de fs. 22 a 33 vta. y memoriales de subsanación de fs. 38 y vta., 43 y vta. de obrados, interpuesta por el Viceministro de Tierras, contra el Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia y Ministro de Desarrollo Rural y Tierras, conforme a los fundamentos jurídicos de la presente Sentencia; disponiéndose lo siguiente:

2.- ANULAR OBRADOS hasta fs. 135 inclusive (foliación inferior derecha) de la carpeta de saneamiento, es decir, hasta el Informe en Conclusiones de 18 de agosto de 2011, respecto al predio denominado "TODO SANTO", ubicado en los municipios Santa Ana del Yacuma y San Ignacio, provincias Yacuma y Moxos del departamento del Beni.

3.- El Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA) debe realizar una nueva valoración integral, es decir, efectuar un nuevo Informe en Conclusiones, conforme a lo señalado en los fundamentos jurídicos del presente fallo; dando continuidad a las demás tareas, actividades y etapas del saneamiento hasta la emisión de una nueva Resolución Final de Saneamiento, conforme a derecho y a las normas que lo rigen en resguardo del debido proceso consagrado en la Constitución Política del Estado.

4.- Notificadas las partes con la presente Sentencia, devuélvase los antecedentes remitidos por el INRA, en el plazo máximo de 30 días, debiendo quedar en su lugar, copias en formato digital de las piezas pertinentes.

No suscribe la presente Sentencia Agroambiental Plurinacional el Mgdo. Dr. Rufo Vásquez Mercado, Primer Relator por ser de voto disidente.

Suscribe la presente Sentencia Agroambiental Plurinacional la Mgda. de Sala Segunda, Dra. Elva Terceros Cuellar, convocada para conformar Sala.

Regístrese, notifíquese y archívese. –

Fdo.

GREGORIO ARO RASGUIDO                MAGISTRADO SALA PRIMERA

ELVA TERCEROS CUELLAR                MAGISTRADA SALA SEGUNDA