Resolución recurrida: Sentencia N° 08/2022 de 22 de noviembre
Fecha: 15-Mar-2023
Antecedentes Procesales.: Argumentos de la Resolución recurrida en casación o nulidad.
I.1.
Argumentos de la Resolución recurrida en casación o nulidad.
A través de la Sentencia N° 08/2022 de 22 de
noviembre, cursante de fs. 197 a 205 de obrados, la Jueza Agroambiental con asiento
judicial en Villa Tunari del departamento de Cochabamba, declara PROBADA EN PARTE la demanda, respecto
al área 1 y no así con relación al área 2 del predio objeto de litis (conforme
se describe del croquis, cursante a fs. 179), bajo los siguientes argumentos
jurídicos:
1.
Que, los demandantes demostraron que se
encuentran en posesión del predio agrario, motivo de controversia, a través de
las declaraciones juradas (fs. 186, 188 y 190), corroboradas por las
testificales de descargo (fs. 192, 194 y 196), imágenes satelitales, inspección
de visu, a través de los cuales se evidencia que Matias Chileno Arauco vive en
la propiedad objeto de litis junto a su familia, en la que se evidencia
actividad antrópica desde el 2014.
2.
Asimismo, se evidencia que en el predio
motivo de controversia habitan otras dos familias, por lo que se establece que
los demandantes no se encuentran en la posesión total del predio.
3.
Se demostró los actos de perturbación sobre
el predio conforme la declaración jurada (fs. 186 vlta. y 190) y la inspección
in visu (fs. 137 a 160), evidenciándose la apertura de camino y un sector
chaqueado.
4.
Que los codemandados Juan Carlos Sarzuri
Clemente, Crispín Ayala Choque y Santos Tola Moya, forman parte de la mesa
directiva del Comité Cívico de Valle Nuevo (fs. 96), por lo que toda la prueba
analizada y desarrollada en el presente proceso ha generado la convicción de
que los demandantes cumplieron la carga de la prueba.
- Encabezado
- Antecedentes Procesales.: Argumentos de la Resolución recurrida en casación o nulidad.
- Antecedentes Procesales.: Argumentos del recurso de casación.
- Antecedentes Procesales.: Contestación al recurso de casación.
- Antecedentes Procesales.: Trámite procesal.
- Antecedentes Procesales.: Actos procesales relevantes.
- Fundamentos Jurídicos Del Fallo
- FJ.II.1. La naturaleza jurídica del recurso de casación: El recurso de casación en materia agroambiental y distinción entre el recurso de casación en la forma y en el fondo.
- FJ.II.1. 1. El recurso de casación en materia agroambiental, dado el carácter social de la materia.
- FJ.II.1. 2.b). El recurso de casación en la forma; procede por la vulneración de las formas esenciales de proceso, es decir, por errores de procedimiento que derivan en infracciones formales o cuando en la sustanciación del proceso se hubieren violado las formas esenciales que se encuentren sancionadas con la nulidad por ley. De ser ciertas las infracciones de la forma, denunciadas o verificadas de oficio, dará lugar a la nulidad del proceso hasta el vicio más antiguo; es decir, tiene por objeto subsanar los defectos procesales advertidos en la tramitación de la causa.
- FJ.II.2. El Juez y su rol de director en el proceso.
- FJ.II.3. La facultad de revisión de oficio del proceso y la trascendencia de la nulidad de obrados.
- FJ.II.4. De la jurisdicción y competencia agroambiental.
- FJ.II.5.
- FJ.II.6. Análisis del caso concreto.
- Por Tanto 1
- SENTENCIA: Nº 08/2022
- Considerando 1
- Considerando 2
- Considerando 3
- Considerando 4
- Considerando 5
- Considerando 6
- Considerando 7
- Por Tanto 2