Auto Supremo AS/0267/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0267/2013-RRC

Fecha: 17-Oct-2013

De esta relación necesaria de antecedentes, se establece que durante la tramitación del acto de


De esta relación necesaria de antecedentes, se establece que durante la tramitación del acto de juicio seguido contra los recurrentes, se procedió a la suspensión de varias sesiones que se encuadran a los supuestos de suspensión previstos por el art. 335 del CPP, resaltando que varias de esas suspensiones se debieron a la incomparecencia de los abogados defensores y del propio imputado, que impedían el desarrollo de las sesiones que fueran suspendidas precisamente para garantizar el ejercicio del derecho a la defensa técnica y material en su caso y de ese modo no incurrirse en vulneración de derechos y garantías constitucionales; en igual dirección las suspensiones se propiciaron a partir de la ausencia de los testigos de descargo y ante el pedido expreso de parte de la defensa; por tal razón, los recurrentes no pueden alegar que por la extensa duración de la audiencia de juicio sus testigos no fueron presentes, pues el Tribunal de sentencia, dispuso algunas suspensiones con el fin de que las declaraciones propuestas por la defensa fueran llevadas a cabo