Auto Supremo AS/0267/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0267/2013-RRC

Fecha: 17-Oct-2013

Para finalizar este análisis, es necesario señalar que fue el Tribunal quién asumió varias medidas


Para finalizar este análisis, es necesario señalar que fue el Tribunal quién asumió varias medidas para la normal y expedita realización de la audiencia, tal es la disposición de que el acusador particular coadyuve con las notificaciones a las partes o el apercibimiento de uno de los jueces ciudadanos para su comparecencia. En tal sentido, ante la constatación de que los reclamos realizados por los recurrentes en este particular, no son evidentes, pues más allá de realizar una relación parcializada de las suspensiones de la audiencia, no acreditaron cómo les correspondía, el agravio que esos recesos les hubiese ocasionado, se concluye que la determinación asumida por el Tribunal de alzada contenida en el Auto de Vista recurrido, de declarar improcedente el recurso de apelación restringida formulado por los imputados con relación a este motivo se encuentra debidamente justificada