Auto Supremo AS/0267/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0267/2013-RRC

Fecha: 17-Oct-2013

El juicio de control de legalidad destinado a verificar la correcta aplicación del sistema de


El juicio de control de legalidad destinado a verificar la correcta aplicación del sistema de la sana crítica en la valoración probatoria a momento de la resolución de los recursos de apelación restringida, no está destinado a revertir un razonamiento a partir de una simple afirmación o hipótesis, sino a demostrar que su elaboración es carente de un sentido lógico que conduzca a un absurdo como resultado, o que las conclusiones arribadas sean imposibles. Dicho de otro modo si se pretende desestimar alguna conclusión en una sentencia, no es adecuado partir de esa propia conclusión para especular sobre un hipotético resultado, tal como ocurre en autos, donde los recurrentes proponen que el faltante de Bs. 80.000.-(emergentes de la auditoria) son dependientes a los $us. 20.000, reputados como sustraídos, pretendiendo que necesariamente la existencia de la primera suma dependa de la existencia de la segunda; o bien, el hecho de que el no haber iniciado un proceso civil o administrativo al personal de seguridad de la empresa, pueda ser alegato que destruya alguna de las conclusiones del Tribunal de Sentencia; tales aspectos por una parte no atacan el razonamiento por el que el Tribunal de alzada llegó a las conclusiones de la Sentencia, pues no oponen cuál sea el error lógico, cuál de las premisas asumidas constituya una falacia que determine un resultado falso, o bien cuál fuera la incoherencia del razonamiento que determine un resultado absurdo en las conclusiones arribadas por el Tribunal de Sentencia. Similar situación concurre en el planteamiento de que por encontrarse pendiente la recepción de un informe del IDIF, necesariamente esta expectativa por sí misma sea suficiente para desestimar los informes policiales consignados en las pruebas “MP-10” y “MP-11”, más aun cuando, la Sentencia no valora estas pruebas independientemente del resto de los elementos probatorios, sino de manera integral con la prueba “PQ-6”, finalizando en otorgar una secuencia de cómo hubiera acontecido el actuar de los imputados