Asimismo, refirió estar de acuerdo con el reconocimiento
Asimismo, refirió estar de acuerdo con el reconocimiento del pago de indemnización, a cuyo efecto solicitó ordenar a la parte demandante proporcione un número de cuenta para hacer efectivo dicho pago; por otro lado expresó su conformidad con el pago vacaciones otorgadas a la actora a pesar de que a la actora se le otorgó días a cuenta de vacación, hecho que se puso en conocimiento de la Juez a quo y que sin embargo hizo caso omiso; de igual manera manifestó su conformidad con el pago de subsidio pre y post-natal, a pesar que la Sentencia y el Tribunal ad quem no refirieron en forma clara y concreta, a tal efecto solicitó se ordene de forma expresa cuanto y donde debe cancelar el importe por el derecho de subsidios
- Interpuesto el recurso de apelación por ambas
- Dicha Resolución motivó que la empresa demandada formule
- En ese contexto reclamó que no existió retiro
- Por otro lado acusó que no se consideró
- Asimismo, refirió estar de acuerdo con el reconocimiento
- Por otra parte refirió que las Sentencias Constitucionales
- Por lo expuesto acusó que tanto la Sentencia
- A su vez la actora interpuso recurso de
- Respecto al subsidio familiar acusó la vulneración de
- Concluyó solicitando al Tribunal Supremo de Justicia
- CONSIDERANDO II: Que así planteados los recursos de
- No obstante éstas situaciones, este alto Tribunal Supremo
- En cuanto a la confesión provocada (fs
- Con referencia a la interpretación o aplicación indebida
- Respecto al reclamo de que el Auto de
- Consiguientemente, en mérito a estas consideraciones corresponde resolver
- Resolviendo el recurso de nulidad de fs
- La acusación respecto a la vulneración de los
- En ese orden es menester indicar que el
- Del análisis de la normativa expuesta y de
- Por último es preciso señalar que existe error de cálculo en cuanto a la multa
- Por lo expuesto, se establece que el
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución
- Sin costas por ser ambas partes recurrentes y
- En cumplimiento del artículo 41 de la Ley
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
