Auto Supremo AS/0167/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0167/2013-RRC

Fecha: 13-Jun-2013

resolución del recurso de Apelación, el Ad-quem debe tomar en cuenta los artículos, 37, 38,



Finalmente, en el último motivo respecto al cual corresponde su análisis de fondo, el recurrente reclama que el Tribunal de alzada omitió pronunciarse sobre su fundamento impugnatorio; empero, que el Tribunal de casación debe considerar que al momento de emitirse Sentencia, no se consideró los arts. 37, 38, 39 y 40 del CP, para aplicar la sanción que correspondía de manera fundamentada, siendo que por la enemistad hacia su persona a raíz de su actuar procesal, la decisión fue de carácter vengativo, sin considerar los hechos que constituyen agravantes y atenuantes, a este fin invoca el Auto Supremo 114 de 20 de abril de 2006, que resolviendo un recurso dentro de un proceso de Despojo, en el que el Auto de Vista incrementó la pena impuesta en Sentencia sin fundamento suficiente, sostuvo como doctrina legal: “Ahora bien, tratándose de incremento de la pena en la
resolución del recurso de Apelación, el Ad-quem debe tomar en cuenta los artículos, 37, 38, 39 y 40 del Código Penal para aplicar la sanción que corresponda con la adecuada fundamentación de aquella decisión, considerando que la pena se constituye en una consecuencia jurídica del delito y debe responder en la orientación filosófica de la norma cuya finalidad es la enmienda y readaptación social del delincuente, lo que equivale a desterrar criterios de atribuir a la pena carácter vengativo, de ahí que en la actualidad la pena no persigue castigar ni retribuir el mal sino educar al criminal. En consecuencia la gravedad de la pena no debe medirse en razón de la culpabilidad, sino atendiendo la necesidad de controlar la intensidad del impulso a delinquir. Por todo ello, en casos en que la pena establecida en sentencia sea incrementada por un Tribunal Superior, necesariamente -como se tiene dicho-, deberá existir el sustento legal que justifique tal decisión”