Auto Supremo AS/0117/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0117/2014

Fecha: 23-May-2014

CONSIDERANDO III: Que, analizando los

CONSIDERANDO III: Que, analizando los fundamentos de los Recursos de Casación en la Forma y en el Fondo interpuestos, previamente es necesario realizar las siguientes consideraciones de orden legal:
Que, este Supremo Tribunal de Justicia tiene el deber de revisar y examinar los procesos que llegan a su conocimiento, con el fin de establecer si los jueces y tribunales inferiores observaron las Leyes y plazos que norman la tramitación y conclusión de los procesos, para aplicar en su caso, las sanciones pertinentes, de acuerdo con lo establecido por el artículo 15 de la Ley de Organización Judicial y, cuando corresponda, disponer de oficio la nulidad de obrados, según la previsión contenida en el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil