Auto Supremo AS/0117/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0117/2014

Fecha: 23-May-2014

Que, el art

Que, el art. 1 del Decreto Reglamentario de la Ley General del Trabajo, Decreto Supremo Nº 224 de 23 de agosto de 1943, establece que no están sujetos a las disposiciones de la Ley General del Trabajo ni de este Reglamento, los trabajadores agrícolas, los funcionarios y empleados públicos y del ejército, es decir, todo aquel que reciba remuneraciones con fondos provenientes del Tesoro Nacional, cualquiera sea la institución en la que preste sus servicios, considerándoseles a los efectos sociales como funcionarios públicos; en consecuencia, se asume que el actor se encuentra dentro de la presente causa en tal calidad, hecho fundamental del que se concluye que el Juez A quo admitió y tramitó la presente causa sin competencia, lo que no fue advertido por el Tribunal Ad quem, viciando de nulidad sus actos, vulnerando el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil