En ese orden de argumentos el recurrente
En ese orden de argumentos el recurrente continua señalando, que el Auto de Vista Res. N° 010/2009 SSA-I de 20 de enero de 2009, al ser emitido por un tribunal que no tiene competencia para conocer y resolver la causa, viola el art. 1 del Decreto Supremo Nº 224 de 23 de agosto de 1943, Decreto Reglamentario a la Ley General del Trabajo; art. 43 –b) del Código Procesal del Trabajo, art. 152 de la Ley de Organización Judicial, correspondiendo al tribunal de Casación la aplicación de los arts. 31 de la Constitución Política del Estado, 30 de la Ley de Organización Judicial y 90 de del Código de Procedimiento Civil. Por lo que solicita en su petitorio final que la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación en aplicación de los arts. 252 y 271 -3) del Código de Procedimiento Civil, emita Auto Supremo anulando obrados hasta el Auto de Admisión de la Demanda
- Partes : Alfonso Guido Navarro Calderón c/ Fondo
- En grado de Apelación, por Auto de
- CONSIDERANDO II
- En ese sentido indica el recurrente, que
- En ese sentido, teniendo el Juez
- La nulidad por falta de competencia del Juez, indica el recurrente, dispuesta por el art
- En ese mismo sentido señala el recurrente, que
- En ese orden de argumentos el recurrente
- El recurrente Alfonso Guido Navarro Calderón,
- En función de ello afirmar el recurrente,
- Así establecida la relación Laboral, manifiesta el
- En ese mismo orden de argumentos, el
- En ese sentido afirma, que el Tribunal
- Con relación a la interpretación errónea de
- Con esos fundamentos el recurrente solicita que
- CONSIDERANDO III: Que, analizando los
- Que, de la revisión de los contratos
- En el análisis de la problemática planteada,
- Que, de conformidad con la disposición contenida
- En ese entendido, la entidad demandada al
- Que, el art
- “Que, a diferencia del Contrato Civil de
- Del mismo modo, la ex Corte
- En consecuencia, corresponde anular obrados hasta el
- REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE Y DEVUÉLVASE
- MAGISTRADA RELATORA: Dra. Silvana Rojas Panoso
- Fdo. Magistrado Dr. D. Humberto Betancourt Chinchilla
- Libro de Tomas de Razón Nº 117/2014
