2) Con el título de “ERRORES IMPROCEDENDO” alega, que el Juez Sexto de Sentencia
2) Con el título de “ERRORES IMPROCEDENDO” alega, que el Juez Sexto de Sentencia en el transcurso del juicio dio lugar a una serie de actuaciones procesales que no condicen con el procedimiento penal, incurriendo en defectos absolutos, vulnerando el derecho a la igualdad procesal, al debido proceso y al principio de continuidad pues, ante el planteamiento de excepciones e incidentes, el Juez de juicio le otorgó a la parte contraria tres días de plazo para responderlas; empero, el representante del Ministerio Público alegando desconocimiento del caso, solicitó otros tres días para este efecto, habiéndose accedido a tal solicitud, acto que tilda de ilegal, debido a que no se encuentra establecido en la ley, habiéndose provocado la suspensión de la audiencia por dicha causa y no por una de las tres únicas causales descritas en el art. 335 del CPP, entre las que no prevé la falta de preparación del Fiscal, para responder excepciones e incidentes; por lo que, denuncia actividad procesal defectuosa de carácter absoluto, infringiendo el art. 169 inc. 3) del CPP, denuncias que el Tribunal de apelación minimizó omitiendo pronunciarse sobre estas lesiones, incurriendo en error inprocedendo
- Por memorial presentado el 20 de mayo de 2011, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- a) En mérito a las acusaciones pública (fs
- b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada María Pía Segovia Romero, formuló recurso de
- I.1.1. Motivos del recurso de casación
- Del memorial del recurso de casación y del Auto Supremo de admisión 577/2015-RA-L de 16
- denuncia sobre la cual el Tribunal de alzada, estableció que solamente debía valorarse una circunstancia
- 2) Con el título de “ERRORES IMPROCEDENDO” alega, que el Juez Sexto de Sentencia
- 3) Refiriendo que el Juez Sexto de Sentencia, basó la Resolución de Sentencia,
- 4) Reclama que se judicializaron pruebas que fueron cuestionadas en juicio, de los cuales
- I.1.2. Petitorio
- La recurrente solicita que se admita el recurso de casación y resolviendo en el fondo
- I.1.3. Admisión del recurso
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
- II.2.Declaración del testigo Alberto Arredondo Peña
- II.3.Respecto a la exclusión probatoria
- II.4.De la Sentencia
- II.6.Del Auto de Vista impugnado
- Ingresando al análisis del motivo en cuestión, el delito de Conducción Peligrosa de Vehículo, se
- Por otra parte, es un delito de peligro cuyo bien jurídico protegido como resalta la
- III.2.En lo referente al planteamiento de excepciones e incidentes
- La recurrente denuncia que el Tribunal de alzada incurrió en incongruencia omisiva, al no pronunciarse
- Respecto al motivo en cuestión, en el acápite II
- Ahora bien, para la Resolución del motivo recurrido, es importante tomar en cuenta que el
- La Sentencia de grado, llegó a la convicción de la autoría de la imputada con
- La recurrente reclama que se judicializaron pruebas que fueron cuestionadas en juicio sobre las que
- Ahora bien, en cuanto a la exclusión probatoria, cabe destacar que en el desarrollo del
- Por otra parte, las diligencias preliminares de la investigación, está a cargo de la Policía
- La prueba signada como MP-2, fue observada por cuanto en el pliego acusatorio se ofreció
- En lo referente a la prueba signada como MP-4, consistente en un informe técnico elaborado
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
