Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0831/2015-RRC-L
Fecha: 20-Nov-2015
I.1.2. Petitorio
I.1.2. Petitorio
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Por memorial presentado el 20 de mayo de 2011, cursante de fs
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I.1. Antecedentes
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a) En mérito a las acusaciones pública (fs
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b) Contra la mencionada Sentencia, la imputada María Pía Segovia Romero, formuló recurso de
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I.1.1. Motivos del recurso de casación
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Del memorial del recurso de casación y del Auto Supremo de admisión 577/2015-RA-L de 16
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denuncia sobre la cual el Tribunal de alzada, estableció que solamente debía valorarse una circunstancia
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2) Con el título de “ERRORES IMPROCEDENDO” alega, que el Juez Sexto de Sentencia
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3) Refiriendo que el Juez Sexto de Sentencia, basó la Resolución de Sentencia,
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4) Reclama que se judicializaron pruebas que fueron cuestionadas en juicio, de los cuales
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I.1.2. Petitorio
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La recurrente solicita que se admita el recurso de casación y resolviendo en el fondo
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I.1.3. Admisión del recurso
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De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
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II.2.Declaración del testigo Alberto Arredondo Peña
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II.3.Respecto a la exclusión probatoria
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II.4.De la Sentencia
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II.6.Del Auto de Vista impugnado
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Ingresando al análisis del motivo en cuestión, el delito de Conducción Peligrosa de Vehículo, se
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Por otra parte, es un delito de peligro cuyo bien jurídico protegido como resalta la
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III.2.En lo referente al planteamiento de excepciones e incidentes
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La recurrente denuncia que el Tribunal de alzada incurrió en incongruencia omisiva, al no pronunciarse
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Respecto al motivo en cuestión, en el acápite II
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Ahora bien, para la Resolución del motivo recurrido, es importante tomar en cuenta que el
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La Sentencia de grado, llegó a la convicción de la autoría de la imputada con
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La recurrente reclama que se judicializaron pruebas que fueron cuestionadas en juicio sobre las que
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Ahora bien, en cuanto a la exclusión probatoria, cabe destacar que en el desarrollo del
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Por otra parte, las diligencias preliminares de la investigación, está a cargo de la Policía
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La prueba signada como MP-2, fue observada por cuanto en el pliego acusatorio se ofreció
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En lo referente a la prueba signada como MP-4, consistente en un informe técnico elaborado
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
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Regístrese, hágase saber y devuélvase
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SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
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