Auto Supremo AS/0831/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0831/2015-RRC-L

Fecha: 20-Nov-2015

Por otra parte, es un delito de peligro cuyo bien jurídico protegido como resalta la


Por otra parte, es un delito de peligro cuyo bien jurídico protegido como resalta la norma es la seguridad común de las personas, se entiende que la seguridad común incluye a toda la sociedad en su conjunto, tanto a conductores de motorizados como a los peatones, el tipo penal es un delito con cláusula abierta o ley penal en blanco; por cuanto, no describe los elementos constitutivos del delito, sino, es remisivo a normas o circunstancias extra penales como las referidas supra; por lo que no es evidente que la individualización de una disposición de tránsito resulte exigible para la configuración del delito previsto en el art. 210 del CP, en el caso del segundo supuesto, por lo que el análisis del tipo penal atribuido a la imputada, implica que el planteamiento que expone en su recurso de casación de inicio resulta errado