Auto Supremo AS/0831/2015-RRC-L
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0831/2015-RRC-L

Fecha: 20-Nov-2015

II.3.Respecto a la exclusión probatoria


En la audiencia de juicio de 24 de diciembre de 2010 (fs. 153 a 178), el Ministerio Público incorporó prueba testifical consistente en la declaración de la víctima Alberto Arredondo Peña; sin embargo, luego de que prestó el juramento de ley, la defensa de la imputada (en el acta señala abogado parte querellante), solicitó se tome en cuenta que el testigo estuvo presente en sala hasta el momento de los alegatos de la defensa, cuando debería estar afuera, aspecto que debe ser valorado conforme a la sana crítica y lo establecido en el art. 350 del CPP; al respecto, el Juez dispuso se siente en acta la petición de la defensa, expresando que no inhabilitaba su participación como testigo, procediéndose a tomar su declaración con las formalidades de ley, habiendo sido interrogado por el Ministerio Público, los abogados del acusador particular y de la defensa.

II.3.Respecto a la exclusión probatoria