Auto Supremo AS/0850/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0850/2015

Fecha: 03-Nov-2015

Al respecto, debe considerarse que los fallos de instancia concluyeron que la parte demandada no

Al respecto, debe considerarse que los fallos de instancia concluyeron que la parte demandada no aportó elementos de prueba suficientes que demuestren lo afirmado en su defensa, más concretamente con referencia a la fecha de inicio de la relación laboral de los actores, así la Sentencia refiere que el tiempo de servicios en cada caso, no han sido desvirtuados con prueba idónea y fehaciente por la parte demandada, señalando la existencia de posibles contradicciones entre las declaraciones de los testigos de descargo y las confesiones de los demandados, además de los documentos que en copia simple cursan en obrados y relacionados a la agencia de Empleos Señor de Mayo