Auto Supremo AS/0850/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0850/2015

Fecha: 03-Nov-2015

El último fallo nombrado, fue recurrido de casación por la parte demandada, que en lo

I.2. Motivos del recurso de casación
El último fallo nombrado, fue recurrido de casación por la parte demandada, que en lo sustancial de su contenido, refirió:
i) En relación al tiempo de prestación de servicios: Que, el Auto de Vista recurrido incurrió en error en la valoración de la prueba testifical de descargo correspondiente a las declaraciones de María Urey Rojas y Lenny Ilonka Rocha Cartagena, así como la literal de 31 de enero de 2011 (Agencia de Empleos Señor de Mayo), y las confesiones de los demandados, puesto que con ellas se demuestra que: 1. Vilma Eugenio Quispe ingresó a trabajar en la entidad demandada el 14 de febrero de 2011; 2. Laura Choque Rojas ingresó a prestar servicios el 30 de enero de 2011, y; 3. Erika Morante Guarachi y Rodolfo Tito Apaza, ingresaron el 13 de enero de 2011, éstos últimos sólo por dos meses; de modo que el fallo recurrido infringió los arts. 151, 152, 155, 156, 157, 165 y 169 del Código Procesal del Trabajo (CPT), al no valorar correctamente las mismas