Auto Supremo AS/0100/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0100/2015-RRC

Fecha: 12-Feb-2015

En este agravio, la entidad recurrente argumenta que la concesión del beneficio del perdón judicial


En este agravio, la entidad recurrente argumenta que la concesión del beneficio del perdón judicial por parte del Tribunal de alzada, resulta indebida porque en su criterio el art. 368 del CPP prohíbe este beneficio cuando se trata de delitos de corrupción, según lo dispuesto por la Ley 004, y que por tal razón la aplicación de la SCP 770/2012 es errónea, debido a que la Sentencia condenatoria dispuso correctamente no conceder el perdón judicial con base al principio de legalidad