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    Auto Supremo AS/0207/2015
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0207/2015

    Fecha: 08-Abr-2015

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • VISTOS: El recurso de casación interpuesto por Rómulo Beltrán Quiroz en representación de la Empresa
    • Interpuesto el recurso de apelación por el demandante de fs
    • Dicha resolución motivó el recurso de casación en el fondo interpuesto por Rómulo Beltrán Quiroz
    • Refiere que, el Tribunal de apelación hace una interpretación errónea del art
    • Agrega que en el inc
    • Por otra parte el recurrente alega que por lo menos se debería tomar en cuenta
    • Concluyó pidiendo que el Tribunal Supremo de Justicia, case el Auto de Vista 107/2014 de
    • CONSIDERANDO II
    • Así entonces, éste Tribunal se expedirá conforme al problema jurídico que encierran cada uno de
    • Para resolver la controversia en los términos que se tienen propuestos por el recurrente, se
    • “En todo caso, en la parte motivada de la sentencia el Juez indicará los hechos
    • El DS Nº 28699 que deroga el art
    • Con relación a lo descrito en las normas citadas precedentemente, para determinar si una relación
    • En el caso de autos se infiere que en base a los principios del derecho
    • Asimismo, se debe convenir que en razón a la especial naturaleza de las relaciones laborales
    • Así se tiene previsto en el art
    • Así entonces, en los casos como el presente, la naturaleza civil que el recurrente pretende
    • 2
    • En la especie, el cómputo para una eventual prescripción de los derechos demandados, debe computarse
    • En éste marco, debe tenerse presente que, conforme bien concluyeron los de instancia, aún a
    • Corresponde reiterar que, el despido indirecto tiene los mismos efectos que el despido injustificado, por
    • En autos, se establece que la renuncia del trabajador fue inducido por el empleador en
    • En efecto, sobre el caso, el Tribunal de Casación tiene sentado
    • Que el perjuicio moral y fundamentalmente económico originado por el empleador con el incumplimiento de
    • Siguiendo el razonamiento anterior y tomando en cuenta la previsión del art
    • En mérito a lo señalado, la Sala concluye que no siendo evidentes las
    • POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase.

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