Auto Supremo AS/0207/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0207/2015

Fecha: 08-Abr-2015

Que el perjuicio moral y fundamentalmente económico originado por el empleador con el incumplimiento de

Que el perjuicio moral y fundamentalmente económico originado por el empleador con el incumplimiento de sus deberes legales y contractuales, traducido en la privación del salario, coloca al trabajador en situación tal que no le permite continuar trabajando en la empresa, por lo que la desvinculación laboral producida en estas circunstancias al ser imputable al empleador éste contrae la obligatoriedad del art. 13 de la Ley General del Trabajo, en el entendido que el retiro es producido por causas no imputables al trabajador”. (AS. Nº 180-Social, de 17/09/03)