Auto Supremo AS/0207/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0207/2015

Fecha: 08-Abr-2015

En mérito a lo señalado, la Sala concluye que no siendo evidentes las

En mérito a lo señalado, la Sala concluye que no siendo evidentes las infracciones denunciadas en el recurso de casación, estas devienen infundadas, correspondiendo en consecuencia resolver de acuerdo a lo establecido por los arts. 271.2 y 273 del CPC, aplicables al presente caso con la permisión contenida en el art. 252 del CPT