Auto Supremo AS/0207/2015
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0207/2015

Fecha: 08-Abr-2015

Agrega que en el inc

Agrega que en el inc. 2 del mismo considerando, el Tribunal de apelación concluyó que, la juez de primera instancia, no hubiera indicado los hechos y circunstancias que causaron su convencimiento, y que no hubiera observado ni aplicado la parte final del art. 158 del CPT, siendo que en Sentencia se explica en forma detallada y didáctica las circunstancias y motivos de su convencimiento, por lo que, prosigue, el Auto de Vista Nº 107/2014 de 14 de noviembre, vulnera el art. 158 del CPT, al efectuar una errónea aplicación y una pésima interpretación