Auto Supremo AS/0275/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0275/2015-RRC

Fecha: 30-Abr-2015

3) Alegaron la vulneración al derecho a las víctimas, toda vez que la audiencia de


3) Alegaron la vulneración al derecho a las víctimas, toda vez que la audiencia de procedimiento abreviado se instaló y se llevó a cabo sin la presencia de la querellante Ilsen Aracena, quien no fue notificada personalmente con el señalamiento de audiencia, hecho que no fue observado por el Juez; que en el caso, son tres querellantes y que en la audiencia sólo estaban dos, por lo que sostuvieron que se vulneró el derecho de acceso a la justicia de las víctimas, que forma parte de la garantía del debido proceso, reconocido por los arts. 115.I, 121.II, 113.I y 8.II de la CPE, 11, 76 y 77 del CPP, argumento coherente con las Sentencias Constitucionales 1173/2004-R de 26 de julio, 1859/2010-R de 25 de octubre y 1844/2003-R de 12 de diciembre. Arguyeron la existencia de defecto absoluto, pues se sentenció al imputado por el delito de Homicidio, cuando la conducta desplegada correspondía al delito de Asesinato