Auto Supremo AS/0275/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0275/2015-RRC

Fecha: 30-Abr-2015

Del análisis precedente, se establece que la falta de pronunciamiento relativo a que fue una


Del análisis precedente, se establece que la falta de pronunciamiento relativo a que fue una tercera persona la que solicitó la aplicación de procedimiento abreviado -se reitera- no es evidente, por lo que la omisión de pronunciamiento no causó agravio alguno a los recurrentes, y dar curso a la pretensión de dejarse sin efecto el Auto de Vista por el yerro del Tribunal de alzada, constituiría una dilación innecesaria y atentatoria al principio de celeridad. Por lo expuesto en los dos reclamos efectuados en el punto segundo, corresponde declarar infundada la pretensión