Auto Supremo AS/0275/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0275/2015-RRC

Fecha: 30-Abr-2015

Quinto punto, en el que se acusó omisión de pronunciamiento por parte del Tribunal de


Quinto punto, en el que se acusó omisión de pronunciamiento por parte del Tribunal de apelación respecto a la denuncia de defectuosa valoración de la prueba en Sentencia; examinado el Auto de Vista impugnado, de la simple lectura, se establece que efectivamente el fallo impugnado omitió pronunciarse sobre dicha denuncia, pues de la apelación restringida, se tiene que los recurrentes acusaron los vicios en la Sentencia contenidos en los incs. 5) y 6) del art. 370 del CPP [resumido en el punto 5) del apartado II.2. de este fallo], respecto a los cuales, el Tribunal de apelación, se limitó a dar una respuesta genérica con relación al primer defecto como se estableció en el punto anterior, omitiendo resolver los aspectos alegados vinculados a la defectuosa valoración de prueba, en contravención a lo establecido por el art. 398 del CPP; omisión que por su relevancia vinculada al debido proceso y por la posibilidad de incidencia en la parte resolutiva del fallo, hace viable la pretensión de los recurrentes, pues conforme la línea jurisprudencial establecida por este máximo Tribunal de justicia, todo Auto de Vista, en cumplimiento a lo establecido en los arts. 398 del CPP y 17 parágrafo II de la Ley del Órgano Judicial (LOJ), debe ajustar su pronunciamiento a todos y cada uno de los puntos alegados en el recurso de apelación restringida