Auto Supremo AS/0275/2015-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0275/2015-RRC

Fecha: 30-Abr-2015

El Auto de Vista, previo resumen de los agravios en cuatro puntos y exposición de


El Auto de Vista, previo resumen de los agravios en cuatro puntos y exposición de normas y doctrina legal aplicable, en el CONSIDERANDO III, resolvió de la siguiente forma:

“III.1 Se refiere como primer agravio , que se condena por el delito de homicidio cuando fue asesinato; debe tenerse presente que la calificación de los hechos es una atribución del Ministerio Público, no obstante de ello el juez debe verificar si concurren los elementos configurativos del mismo al resolver; señalando en la resolución impugnada como sustento: ‘…el Ministerio Público ni la víctima del hecho, han determinado los accidentes específicos del delito de Asesinato en su componente de los Nums. 3), 3) y 7) del art. 352 del Cp., mucho menos adjuntando elementos de convicción para determinar dichas circunstancias’. Es decir el juzgador verifica que no se han demostrado las exigencias legales del tipo penal de asesinato como elemento del mismo, considerando que tampoco existe en antecedentes prueba que los demuestren, sustentando debidamente las razones por las que considera que la calificación no es arbitraria y se ajusta al delito por el que se condena e impone pena privativa de libertad