Auto Supremo AS/1239/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1239/2016

Fecha: 28-Oct-2016

Realizada la aclaración que antecede, debemos primeramente referirnos a la personería del apoderado de la

Realizada la aclaración que antecede, debemos primeramente referirnos a la personería del apoderado de la Entidad recurrente Pedro Antonio de Urioste Prieto; revisando los antecedentes del proceso se evidencia que el mismo cuenta con el Testimonio de Poder Nº 230/2000 amplio y suficiente conferido a su favor en forma indistinta juntamente a Bergman Balcazar Jiménez, cuyo documento cursa fotocopias legalizadas de fs. 301 a 314, 341 a 354 (foliación parte superior) y 306 a 319, 346 a 359 (foliatura inferior), donde se le otorga en forma indistinta amplias facultades para asumir defensa en favor de la entidad demandada Banco Ganadero S.A. en toda clase de procesos judiciales y en todas las instancias y etapas procesales, facultándole de manera expresa a interponer recursos ordinarios y extraordinarios como el de casación en la forma y en el fondo; consiguientemente no es evidente lo afirmado por la parte actora de que el apoderado carecería de representación