Auto Supremo AS/1396/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1396/2016

Fecha: 05-Dic-2016

Fue la co-demandada Doris Colque Achá quien argumentó en su recurso de apelación deducido contra

Fue la co-demandada Doris Colque Achá quien argumentó en su recurso de apelación deducido contra la Sentencia (fs. 329 a 332), indicando que los hechos expuestos en la demanda principal vinculados a la falta de consentimiento de la actora Mariel Gelma Ramallo Contreras en las transferencias del inmueble realizada por su esposo Gery Percy Vargas Sarmiento a favor de Engelber Burgos Tejerina contendida en la E.P. 155/2007, además de la inserta en la E.P. 52/2007, se acomodan a la causal de anulabilidad prevista en el art. 554 num. 1) del Código Civil, cuyos argumentos se encuentran resumidos en el Primer Considerando de Auto de Vista (fs. 455 y vta.) y en función a los cuales en el Segundo Considerando luego de resolver las apelaciones diferidas, ingresa al tratamiento del indicado recurso, cuyos fundamentos del Ad-quem se encuentran desde fs. 459 in fine a 467 disgregado en varios incisos y es ahí donde realiza de manera amplia el análisis de ambas transferencias demandadas de nulidad y en base a los cuáles decidió revocar parciamente la Sentencia en los términos que ya se tienen señalados. Mientras que el recurso de apelación del co-demandado Engelbert Burgos Tejerina fue tratado de manera separada sin haber ingresado a su análisis de fondo por considerarlo extemporáneo conforme se puede evidenciar de la pieza procesal saliente a fs. 467 in fine y vta., aspectos que se encuentran claramente expuestos en el Auto de Vista y ante esa realidad objetiva no se advierte incongruencia en la Resolución recurrida que amerite disponer su nulidad, más aún si se considera que anteriormente el proceso ya fue objeto de anulación, debiendo en todo caso tenerse presente la doctrina aplicable que se encuentra descrita en el Punto III.1 de la presente Resolución