Auto Supremo AS/1396/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1396/2016

Fecha: 05-Dic-2016

I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO

VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 473 a 478 interpuesto por Doris Colque Achá de Ramírez y el “recurso de casación o nulidad” de fs. 482 a 485 interpuesto por Mariel Gelma Ramallo Contreras, ambos contra el Auto de Vista Nº 215/2015 de 6 de noviembre de 2015 de fs. 453 a 469 pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro del proceso ordinario de comprobación de bien ganancial, nulidad de contrato de transferencia, cancelación de registro en Derechos Reales, cancelación de gravámenes, pago de daños y perjuicios y declaratoria de vigencia de partida en registro de DD.RR., seguido por Mariel Gelma Ramallo Contreras contra Engelbert Burgos Tejerina y Doris Colque Achá de Ramírez, con reconvencional de esta última por daños y perjuicios; la respuesta de fs. 484 vta., a 485 y 490 a 491 vta., el Auto de concesión de fs. 492 y demás antecedentes.
I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO:
I.1.- Sustanciado el proceso en primera instancia, el Juez Cuarto de Familia de la ciudad de Oruro, mediante Sentencia Nº 117/2009 de 09 de octubre de 2009 de fs. 323 a 326 y vta., declaró PROBADA en parte la demanda de fs. 21-22 vta., solo en cuanto a la comprobación de bien ganancial, nulidad de Escrituras Nº 155/2007 y Nº 52/2007 inscritas en Derechos Reales el 6 de marzo y 14 de julio de 2007 respectivamente y en cuanto a mantener vigente e incólume la Matrícula Nº 4.01.1.01.0010034; no así en cuanto a la cancelación de los gravámenes que pesan en la referida matrícula; IMPROBADAS tanto la demanda reconvencional de fs. 83-84, subsanada a fs. 86 por daños y perjuicios, así como las excepciones de falta de acción y derecho en la reconvencionista y opuestas por la demandante a fs. 124-125. Sin costas