Auto Supremo AS/0529/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0529/2016

Fecha: 19-May-2016

Con relación a la respuesta al recurso de casación la actora señalo


Bajo esos fundamentos pide se case el Auto de Vista recurrido y se declare sin valor legal las letras de cambio giradas por IABSA en calidad de garantía, que se constituirían en accesorios del contrato principal, en razón a la definición del fallo recurrido que el contrato principal no habría nacido a la vida jurídica y no fuera válido ni perfecto.

II.1 De la Respuesta al Recurso de Casación.-

Con relación a la respuesta al recurso de casación la actora señalo:

La institución recurrente realizaría una serie de argumentaciones por lo que dicho recurso no cumpliría a cabalidad con lo dispuesto en el art. 258-2) del Código de Procedimiento Civil y que dentro de los principios rectores de órgano judicial es la seguridad jurídica , que no es otra cosa que la aplicación objetiva de la Ley y los vocales lo único que habrían hecho es precautelar la Ley porque en el inadmitido caso de que no habría entregado el dinero conforme consta en un documento privado pero con reconocimiento de firmas