I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
Distrito: Tarija
VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 560 a 564 y vta., interpuesto por Industrias Agrícolas de Bermejo Sociedad Anónima, contra el Auto de Vista Nº 165/2014 de 03 de Diciembre de 2014 de fs. 543 a 546 y vta., pronunciado por la Sala Civil Comercial, de Familia, de la Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, en el proceso de Resolución de contrato de préstamo, cancelación de letras de cambio, devolución de dinero y daños y perjuicios., seguido por Industrias Agrícolas de Bermejo S.A. (I.A.B.S.A.), contra Jaime Fructuoso Ávila Balderrama, respuesta de fs. 566 a 567; concesión de fs. 568 y vta., los antecedentes del proceso y:
I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Que tramitado el proceso, el Juez de Partido Mixto y de Sentencia Primero de la ciudad de Bermejo Tarija, pronunció Sentencia de 4 de febrero de 2013 cursante de fs. 273 a 280, declarando: Primero.- Por suficiencia de méritos, con lugar en parte la pretensión deducida en la demanda de folios ciento veintidós a ciento veintisiete y, por insuficiencia de méritos, SIN LUGAR las pretensiones de devolución de dineros y pago de daños y perjuicios en la misma demanda. Segundo.- Consecuentemente, se declara RESUELTO Y SIN VALOR LEGAL el contrato suscrito en fecha 23 de marzo de 2010, por el que Jaime Fructuoso Ávila Balderrama otorga en calidad de préstamo a favor de Industrias Agrícolas de Bermejo Sociedad Anónima IABSA la suma de 4.800.000 $us., visible a folios 77 a 78, modificado por las mismas partes en los contratos suscritos en la ciudad de Yacuiba en fecha 05 de abril de 2010, visible a folios 79 a 80, en la ciudad de Bermejo en fecha 13 de abril de 2010, visible a folios 81 a 82 y en la ciudad de Bermejo en fecha 23 de abril de 2010 visible a folios 83. Segundo.- (Sic) Como emergencia de ello, se declaran SIN VALOR LEGAL las letras de cambio giradas por IABSA como garantía de la obligación cuya Resolución ha sido dispuesta, conforme al detalle que se transcribe en la Sentencia. Tercero.- Sin lugar a costas procesales, al no presentarse ninguna de los presupuestos previstos en el Art. 198 del CPC
VISTOS: El recurso de casación en la forma y en el fondo de fs. 560 a 564 y vta., interpuesto por Industrias Agrícolas de Bermejo Sociedad Anónima, contra el Auto de Vista Nº 165/2014 de 03 de Diciembre de 2014 de fs. 543 a 546 y vta., pronunciado por la Sala Civil Comercial, de Familia, de la Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, en el proceso de Resolución de contrato de préstamo, cancelación de letras de cambio, devolución de dinero y daños y perjuicios., seguido por Industrias Agrícolas de Bermejo S.A. (I.A.B.S.A.), contra Jaime Fructuoso Ávila Balderrama, respuesta de fs. 566 a 567; concesión de fs. 568 y vta., los antecedentes del proceso y:
I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO:
Que tramitado el proceso, el Juez de Partido Mixto y de Sentencia Primero de la ciudad de Bermejo Tarija, pronunció Sentencia de 4 de febrero de 2013 cursante de fs. 273 a 280, declarando: Primero.- Por suficiencia de méritos, con lugar en parte la pretensión deducida en la demanda de folios ciento veintidós a ciento veintisiete y, por insuficiencia de méritos, SIN LUGAR las pretensiones de devolución de dineros y pago de daños y perjuicios en la misma demanda. Segundo.- Consecuentemente, se declara RESUELTO Y SIN VALOR LEGAL el contrato suscrito en fecha 23 de marzo de 2010, por el que Jaime Fructuoso Ávila Balderrama otorga en calidad de préstamo a favor de Industrias Agrícolas de Bermejo Sociedad Anónima IABSA la suma de 4.800.000 $us., visible a folios 77 a 78, modificado por las mismas partes en los contratos suscritos en la ciudad de Yacuiba en fecha 05 de abril de 2010, visible a folios 79 a 80, en la ciudad de Bermejo en fecha 13 de abril de 2010, visible a folios 81 a 82 y en la ciudad de Bermejo en fecha 23 de abril de 2010 visible a folios 83. Segundo.- (Sic) Como emergencia de ello, se declaran SIN VALOR LEGAL las letras de cambio giradas por IABSA como garantía de la obligación cuya Resolución ha sido dispuesta, conforme al detalle que se transcribe en la Sentencia. Tercero.- Sin lugar a costas procesales, al no presentarse ninguna de los presupuestos previstos en el Art. 198 del CPC
- Ávila Balderrama
- cambio,
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución contra la que se interpuso recurso de apelación por parte de Jaime Fructuoso Ávila
- En mérito a esos antecedentes la Sala Civil, Comercial, de Familia, de la Niñez y
- II.- DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- 1
- 2
- Con relación a la respuesta al recurso de casación la actora señalo
- II
- En tales antecedentes diremos que
- III.1.- De la Congruencia en las resoluciones
- Este Supremo Tribunal de Justicia a través de sus diversos fallos (Autos Supremos Nros
- La Jurisprudencia Constitucional ha desarrollado asimismo el principio de congruencia en la Sentencia Constitucional Nº
- Así también, la Sentencia Constitucional Plurinacional Nº 1083/2014 de 10 de junio, ha interpretado los
- Es de importancia considerar que el principio de congruencia procesal, si bien pondera el derecho
- En el recurso de casación en la forma y en relación al principio de congruencia,
- De donde se tiene que el Juez no puede simple y llanamente aplicar la nulidad,
- III
- Según el tratadista Guillermo A
- El régimen de los contratos de consumo presenta en este tema algunas particularidades ante el
- En cuantos a los efectos de la resolución esta esencialmente provoca la extinción de la
- Que, conforme prevé el art
- Por otra parte, con respecto a la Resolución del contrato y sus efectos, este La
- Como se ha señalado, el contrato puede sufrir la influencia de circunstancias o de hechos
- La resolución de contrato, puede tener lugar como consecuencia de: 1) el incumplimiento voluntario (en
- La resolución del contrato por incumplimiento, presupone la existencia de un contrato bilateral, con prestaciones
- La resolución por incumplimiento voluntario del contrato puede operar en forma judicial o extrajudicial
- La resolución extrajudicial, por incumplimiento voluntario, puede ser: a) por cláusula resolutoria expresa, b) por
- La resolución por cláusula resolutoria expresamente convenida, opera para el caso en que las partes
- La resolución por requerimiento o intimación, constituye otra de las formas de resolución por incumplimiento
- La resolución en caso de inobservancia del término esencial para el acreedor, constituye la tercera
- La resolución de contrato por incumplimiento involuntario, por imposibilidad sobreviviente, total o parcial de la
- La resolución de contrato por incumplimiento involuntario por excesiva onerosidad, procede tanto en los contratos
- Del análisis expuesto precedentemente se concluye que, las distintas causales de resolución, tienen su propia
- Son títulos causales los títulos que hacen referencia a otros contratos, por ejemplo las acciones,
- La dependencia es aquí del derecho respecto al documento
- III.4.- Del Principio de Verdad Material
- Sobre dicho principio este Supremo Tribunal de Justicia ha orientado en sus diversos fallos como
- En este entendido la averiguación de la verdad material resulta trascendente para que el proceso
- Así también el Auto supremo Nº 225/2015 al respecto ha orientado que: “Para resolver el
- Por otra parte la Sentencia Constitucional 0713/2010-R de 26 de julio al respecto ha establecido
- IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCION
- Que el Tribunal de Garantías mediante resolución Constitucional Nº 598/2015 dejó sin efecto el
- Del análisis del recurso de casación en el fondo es preciso señalar que conforme a
- En este marco, conforme lo fundamentado en el contexto general de lo señalado en el
- Es decir, que no se produjo la tradición de la cosa, -el dinero-, no pudiendo
- En este sentido diremos, que habiéndose convertido el contrato al sinalgama imperfecto por efectos de
- Antecedentes que demuestran que al convertirse el contrato en bilateral, resulta procedente la
- Bajo estos antecedentes facticos y jurídicos es conveniente establecer que la resolución de un
- Otra de las observaciones realizadas por el Tribunal de garantías que vulneraria el derecho al
- Ahora bien, conforme lo fundamentado en la doctrina aplicable, donde se establece que la relación
- En consecuencia si el Tribunal de Alzada estableció a efectos de revocar la Sentencia el
- Si las letras de cambio fueron libradas como garantía de cumplimiento del contrato principal cuya
- En el entendido anterior no se cumplió con los principios que hacen a una resolución
- Con relación a la respuesta al recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Se condena al demandado Jaime Fructuosos Ávila Balderrama al pago de costas y costos conforme
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Ana Adela Quispe Cuba.
