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    Auto Supremo AS/0264/2016
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0264/2016

    Fecha: 25-Jul-2016

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • CONSIDERANDO I
    • Interpuesto el recurso de apelación de fs
    • 1
    • Por otra parte, conforme las literales de fs
    • Asimismo, de fs
    • A fs
    • Asimismo, las literales de fs
    • 2
    • 3
    • 4
    • 5
    • Por los fundamentos legales expuestos, al amparo del art
    • Que, así planteado el recurso de casación en el fondo, ingresando a su análisis con
    • Conforme al contenido de los reclamos efectuados en el recurso de casación en el fondo;
    • Derechos que además, distinguen entre sus características a la irrenunciabilidad; siendo nula cualquier convención o
    • Asimismo, dada la evidente desproporción de fuerzas y condiciones, entre el empleador y el trabajador;
    • Cabe señalar que, en materia laboral, rige el principio de la primacía de la realidad
    • Es así, que bajo este principio, la autonomía de la voluntad carece de relevancia, prevaleciendo
    • Una de las principales reformas a la administración de justicia, se produjo a través del
    • Principio, que bajo el establecimiento de la nueva visión de justicia que propugna el Estado
    • Por otra parte, corresponde referir, que dada la implicancia de los derechos tutelados en materia
    • Asimismo, conforme al art
    • Una vez respondida la demanda principal, se trabó la relación procesal y mediante Auto de
    • Sobre el particular y tomando en consideración las pruebas y antecedentes del proceso, se puede
    • Asimismo, se debe tener presente que conforme al art
    • Por otra parte, a efectos de determinar en el caso que se analiza, si existió
    • Sin embargo de lo expuesto, se debe tener presente que conforme al art
    • Por otra parte, respecto a la relación de dependencia y subordinación del trabajador respecto al
    • Por ello, se colige que la prestación de servicios se materializó bajo una relación obrero
    • En virtud a este marco normativo, se colige que la labor de Auditor interno en
    • Por lo señalado y considerando también el principio protector de la “primacía de la realidad”,
    • Consiguientemente, queda demostrado y evidenciado que, el Tribunal ad quem incurrió en las infracciones acusadas,
    • Regístrese, notifíquese y devuélvase
    • Firmado

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