Auto Supremo AS/0264/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0264/2016

Fecha: 25-Jul-2016

Cabe señalar que, en materia laboral, rige el principio de la primacía de la realidad

2. El principio de primacía de la realidad
Cabe señalar que, en materia laboral, rige el principio de la primacía de la realidad en cuya virtud, para la interpretación de las relaciones entre empleadores y trabajadores se debe tomar en cuenta, lo que verdaderamente sucede en la realidad y no solamente lo que las partes han contratado formalmente o de manera aparente; en cumplimiento a lo prescrito por el art. 4.I.d) del DS Nº 28699